Nuevamente se posterga cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales
El día de ayer, 29 de abril del 2020, se publicó en el diario oficial EL Peruano la Resolución de Supertintendencia N° 075-2020/Sunat que modifica las resoluciones de Superintendencia N°055-2020/Sunat y N° 065-2020/Sunat para adaptarlas a la nueva ampliación del aislamineto social obligatorio (cuarentena).
Establece la postergación de la declaración y pago de las obligaciones tributarias mensuales correspondientes a los meses de Febrero, marzo, abril extendiéndose entre junio y agosto para con la finalidad de mitigar el impacto económico generado por la pandemia del covid-19.
Esta medida beneficiaria a las personas naturales y empresas que el año pasado hayan obtenido una facturación menor a s/21 millones de soles o 5,000 UIT
Cronograma para contribuyentes que el año pasado obtuvieron una facturación menor a s/21 millones de soles
Cronograma del mes de febrero para contribuyentes que percibieron ingresos de hasta s/9,660,000
Cronograma de las fechas máximas de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras electrónicos
La norma también posterga la fechas para la presentación del Registro de compras y el Registro de ventas e ingresos electrónico