Infracción: no registrar una factura de venta electrónica en Libros electrónicos
El día 09 de septiembre del 2019 se emitió el INFORME N.° 115-2019-SUNAT/7T0000 relacionado con la obligación de llevar determinados libros y/o registros vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica planteándose la siguiente consulta:
«Si omitir registrar y/o anotar en un determinado periodo una factura electrónica por un ingreso obtenido que corresponde sea registrada y/o anotada en este, en el libro y/o registro electrónico
respectivo; no obstante que se efectúe su registro y/o anotación en el periodo siguiente,
configura alguna infracción tributaria»
Base Legal:
De acuerdo al numeral 10 del artículo 175 del TUO del Código Tributario indica lo siguiente:
No registrar o anotar dentro de los plazos máximos de atraso, ingresos, rentas, patrimonio, bienes, ventas, remuneraciones o actos gravados, o registrarlos o anotarlos por montos inferiores en el libro y/o registro electrónico que se encuentra obligado a llevar de dicha manera de conformidad con las leyes, reglamentos o Resolución de Superintendencia de la SUNAT.
Por tanto, se entiende, de acuerdo al citado numeral lo siguiente:
La infracción se configurará, cuando el obligado a a llevar sus libros y/o registros de manera electrónica no cumple con registrar o anotar en ellos, en parte o en su totalidad, ingresos, rentas, patrimonio, bienes, ventas, remuneraciones o actos gravados, al vencimiento de la fecha máxima de atraso establecida por la SUNAT; incluso si con posterioridad a dicha fecha cumple con registrarlos o anotarlos
Conclusión
El obligado a llevar sus libros y/o registros de manera electrónica que ha omitido registrar y/o anotar en un determinado periodo una factura electrónica por un ingreso obtenido que corresponde sea registrada y/o anotada en este, en el libro y/o registro electrónico respectivo, incurre en la infracción tipificada en el numeral 10 del artículo 175° del TUO del Código Tributario; no obstante que se haya efectuado el registro y/o anotación en el periodo siguiente.
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