Declaración Jurada Anual 2016 – PDT 704

Declaración Jurada Anual 2016 – PDT 704

Renta Anual 2016

En esta oportunidad daremos algunos alcances:

  1. Resolución de Superintendencia  N° 329 -2016/SUNAT  con lo cual Aprueban disposiciones y Formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto de las transacciones Financieras del Ejercicio 2016
  2. Cronograma de vencimientos para presentar la Declaración Jurada Anual 2016
  3. Obligados a presentar el balance de comprobación.
  4. PDT – 704
  5. Dato Curioso acerca del PDT 704
  6. Infracción,  Multa y Gradualidad

Cronograma de vencimientos para declaración jurada anual ejercicio 2016

A partir del 24 de marzo del 2017 inician los vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada Anual de Renta y del ITF para el periodo 2016.

cronograma de vencimiento renta anual 2016

Obligados a presentar el Balance de Comprobación

Si en el ejercicio 2016 obtuviste igual o más de 300 UIT, es decir, s/1,185,000.00 sobre tus ingresos netos estarás obligado a presentar el Balance de comprobación.

PDT 704 – Renta Anual 2016

Los contribuyentes o deudores tributarios que generan rentas de tercera categoría. Pueden bajar el instalador de la web de sunat

Descargar PDT 704 Renta Anual 2016

Descargar PDT 704 – Renta Anual 2016

Dato Curioso:

Para la presentación en el PDT 704 se requiere los datos del contador , como el correo y teléfono, para  que avale o confirme la elaboración de la Declaración Jurada pero no solicita el número de colegiatura.

Infraccion, Multa y gradualidad para el numeral 1 artículo 176 del código tributario 

De acuerdo al Art. 176 numeral 1 constituye una infracción:  No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos.

Se sanciona con una multa de :

  • 1 UIT (S/. 4,050) UIT vigente para el 2017, para las empresas, entidades y personas que generan rentas de tercera categoría en el régimen general del Impuesto a la Renta.
  • 50% de una (1) UIT (S/ 2,025) vigente para el 2017, para las personas naturales obligadas a declarar por rentas distintas a las de tercera categoría.

Gradualidad: se puede aplicar el régimen de gradualidad rebajando la multa hasta el 90% siempre que subsane voluntariamente la obligación y pago de la multa antes que sea notificado o se le solicite cualquier requerimiento que pueda realizar SUNAT

Recuerde que para el cálculo de las multas señaladas se utiliza la UIT del 2017 (S/.4,050) ya que el plazo para declarar el Impuesto a la Renta del ejercicio 2016 vence en el año 2017, y se tratarían como infracciones que se cometerían a partir del presente año.

Si tienes alguna duda sobre mi explicación, por favor haz la pregunta que quieras resolver en los comentarios de esta página o escríbeme directamente sin compromiso.

Recuerda que soy asesora contable e imparto capacitaciones físicas en nuestras oficinas o en tu lugar de trabajo. Las capacitaciones de Siscont están compuestas con ejercicios prácticos y teoría avanzada. Pregunta sin compromiso, estaré encantada de resolver tus dudas.

Muchas gracias por tu atención, te espero en la próxima explicación


7 comentarios
  1. paul
    paul Dice:

    Muy buenos dias.
    En la declaracion anual 2016 no tuve ningun movimiento durante todo el año, solo aplique los gastos de mi fraccionamiento tributario, y a la vez me olvide colocar el monto de saldo a favor de renta del ejercicio años anteriores en este caso tuve pagos a cuenta del IR 2015, lo cual no aplique en el ejercicio 2016 por no tener movimiento, ese saldo debi colocar en mi declaracion jurada anual 2016 en casilla 127-saldo a favor no aplicado de ejercicios anterior.
    Mi consulta es habrá multa por rectificar esa casilla para arrastrar mi saldo para este periodo 2017? favor agradecere su apoyo infinitamente.

    Responder

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